BERCOVITZ RODRÍGUEZ-CANO, RODRIGO / AMORES CONRADI, MIGUEL A. / APARICIO VAQUERO, JUAN PABLO / CÁMAR
Presentación.
COMENTARIOS.
Apéndice. LA TUTELA PENAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL TRAS LA REFORMA DE 2015.
MATERIAL LEGISLATIVO.
Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Real Decreto-Ley 12/2017, de 3 de julio, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (arts. 33.7, 66 bis, 270 a 272 y 288).
Han transcurrido casi diez años desde la anterior edición de estos Comentarios a la Ley de Propiedad Intelectual, tiempo suficiente para justificar esta nueva edición; aún más tratándose de una materia necesariamente abocada al cambio continuo para adaptarse a las exigencias del mercado de la cultura, condicionado por la incidencia de las nuevas tecnologías. Los cambios que se han ido produciendo, tanto en las leyes como en la jurisprudencia y en la doctrina, han sido numerosos.
Estos nuevos Comentarios se publican después de una amplia modificación de la Ley, acompañada de un abundante desarrollo reglamentario. Se trata de la Ley 21/2014, que modifica la Ley de Propiedad Intelectual (y la LEC) para adaptarla a la Directiva 2011/77/UE, relativa al plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines, y a la Directiva 2012/28/UE, sobre ciertos usos autorizados de las obras huérfanas, además de introducir cambios sustanciales en los límites de la propiedad intelectual, en las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual, especialmente por lo que a las tarifas de las mismas se refiere, y en la Comisión de Propiedad Intelectual. Se trata del Real Decreto 1.023/2015, por el que se desarrolla reglamentariamente la composición, organización y ejercicio de funciones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, de la Orden ECD/2.574/2015, por la que se aprueba la metodología para la determinación de las tarifas generales en relación con la remuneración exigible por la utilización del repertorio de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual, y del Real Decreto 224/2016, por el que se desarrolla el régimen jurídico de las obras huérfanas.
Hay que destacar la incorporación de nuevos comentaristas, de manera que supone en verdad una nueva obra, redactada por un equipo de especialistas en la materia de reconocido prestigio.