LLANEZA GONZÁLEZ, PALOMA
Todo el sistema de firma electrónica y sus prestadores ha cambiado drásticamente con la publicación y entrada en vigor del Reglamento de la UE (generalmente conocido como eIDAS), que modifica de modo radical el paradigma de la Directiva y la Ley de Firma Electrónica Española: establece la figura de los Prestadores de Servicios de Confianza (PSC) sujetos a nuevos requisitos legales, normativos y de seguridad que se asocian directamente con la confiabilidad de los servicios que prestan, lo que lleva al Reglamento a establecer presunciones legales sobre la validez de la firma electrónica, el sello electrónico, el sellado de tiempos o la entrega electrónica de documentos y contenidos basados en estos complejos requisitos. El Reglamento hace desaparecer la firma de persona jurídica y el documento electrónico, estableciendo, como hemos indicado, una serie de obligaciones a los prestadores que tienen relación con el valor legal que les daremos a partir de ahora a los documentos y operaciones firmadas. Nos referiremos también a los requisitos legales de la identificación (que no identidad) electrónica de naturale